Las administraciones hidráulicas, encargadas de la correcta gestión de los recursos hídricos subterráneos, exigen que antes de otorgar una nueva concesión de aguas, o en los casos de cambio de concesiones existentes por modificación de características, o cambios de uso, o de transformación de concesiones antiguas (en sección C o sección B del Libro Registro de Aguas) a concesiones nuevas (en sección A) exigen que se elabore un estudio hidrogeológico que incluya un modelo de flujo que asegure que el impacto sobre el acuífero es admisible, y que no se producen afecciones a otras concesiones cercanas preexistentes.
También suele ser necesario estudiar las posibles limitaciones en función de la recarga del acuífero, de los usos, y la garantía de continuidad del suministro a largo plazo.